La Ley
La Ley N.º 32353, denominada "Ley para la Formalización, Desarrollo y Competitividad de la Micro y Pequeña Empresa", se publicó en mayo de 2025 y entró en pleno vigor tras la publicación de su reglamento a mediados de dicho año. Esta norma moderniza el marco legal de las MYPE en Perú, estableciendo beneficios diferenciados según el tipo de empresa y simplificando procesos administrativos.
Beneficios
1. Beneficios según el Tipo de Empresa
La ley clasifica a las empresas basándose exclusivamente en sus ventas anuales, medidas en Unidades Impositivas Tributarias (UIT):
| Beneficio | Microempresa (Hasta 150 UIT) | Pequeña Empresa (Hasta 1,700 UIT) |
| Remuneración | Remuneración Mínima Vital (RMV) | Remuneración Mínima Vital (RMV) |
| Vacaciones | 15 días calendario por año | 15 días calendario por año |
| Gratificaciones | No le corresponde | 2 gratificaciones al año (50% c/u) |
| CTS | No le corresponde | 15 remuneraciones diarias por año (50%) |
| Seguro Social | SIS (Semicontributivo: 50% Estado / 50% Empleador) | EsSalud (A cargo del empleador: 9%) |
| Indemnización | 10 días por año (máximo 90 días) | 20 días por año (máximo 120 días) |
| Utilidades | No le corresponde | Derecho a participar en utilidades |
2. Principales Novedades de la Ley
- Facilidad de Registro: El tiempo de inscripción en el REMIPE (Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa) se redujo drásticamente a 48 horas, facilitando la formalización inmediata.
- Tránsito Flexible: Permite a las empresas retornar del régimen de pequeña empresa al de microempresa si sus ventas disminuyen, evitando que se vean forzadas a mantener costos laborales que no pueden cubrir.
- Fiscalización Educativa: La SUNAFIL prioriza medidas educativas (capacitaciones y charlas) en lugar de multas directas ante la primera infracción laboral leve detectada en una MYPE.
- Periodo de Gracia: Si una empresa supera los límites de ventas de su categoría durante dos años consecutivos, puede conservar su régimen actual por 3 años adicionales antes de pasar al siguiente nivel (Pequeña Empresa o Régimen General).
3. Requisitos para Acceder
Para que un trabajador goce de estos beneficios especiales, la empresa debe estar inscrita obligatoriamente en el REMIPE administrado por el Ministerio de Trabajo.
Testimonio del Cliente con aplicación en Empresa
"La intervención del equipo fue la apropiada. No solo ordenaron nuestra contabilidad, sino que nos permitieron reestructurar nuestro negocio y lograr ahorros, para seguir expandiéndonos con la aplicación de esta Ley."
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